El Consejo de Ministros aprobó el 24 de marzo de 2026 un Real Decreto de modificación del Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios. La norma, cuya entrada en vigor se fija el 1 de julio de 2026, ha sido presentada mediáticamente como una respuesta al intrusismo en el ámbito de la medicina estética, aunque su alcance jurídico es mucho más amplio, al proyectarse sobre todos los centros sanitarios, públicos y privados.

El objetivo declarado es garantizar que la atención sanitaria sea prestada exclusivamente por profesionales con la titulación y competencias adecuadas, reforzando la seguridad del paciente y cerrando determinadas lagunas de control organizativo detectadas en la práctica asistencial.


2. Una prohibición ya existente: nadie puede ejercer una especialidad médica sin el título oficial correspondiente

Conviene subrayar, desde un punto de vista técnico‑jurídico, que el Real Decreto de 2026 no crea ex novo la prohibición de ejercer una especialidad médica sin el correspondiente título oficial. Dicha prohibición ya existía con anterioridad y se encontraba sólidamente asentada en el ordenamiento jurídico español.

En particular:

  • La Ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias (LOPS) exige que el ejercicio de una profesión sanitaria titulada se realice conforme a la titulación oficial exigible.
  • El régimen de especialidades médicas, desarrollado reglamentariamente desde el Real Decreto 183/2008, establece que el uso del título y el ejercicio propio de la especialidad corresponde exclusivamente a quienes lo hayan obtenido por vía oficial.
  • La jurisprudencia viene considerando que la realización de actos propios de una especialidad sin estar en posesión del título correspondiente constituye intrusismo profesional, con posibles consecuencias administrativas, civiles e incluso penales.

El valor añadido del Real Decreto de 2026 no radica, por tanto, en introducir una nueva prohibición, sino en reforzar su efectividad práctica, trasladando el foco desde el profesional aislado hacia la responsabilidad organizativa del centro sanitario.


3. El cambio clave: del deber individual al deber organizativo del centro sanitario

La principal novedad de la reforma consiste en la incorporación expresa de una obligación legal de control y acreditación a cargo de los centros y servicios sanitarios.

En virtud del nuevo artículo incorporado al RD 1277/2003, los centros sanitarios deben:

  • Asegurar que la atención sanitaria sea prestada únicamente por personal con titulación oficial y competencias adecuadas.
  • Disponer de información actualizada y verificable sobre:
    • la formación
    • la titulación
    • y, en su caso, la especialidad sanitaria oficial de todo su personal.
  • Informar a los profesionales de nueva incorporación sobre las prácticas seguras y protocolos internos de seguridad del paciente.

De este modo, el incumplimiento deja de poder calificarse como un hecho estrictamente personal para convertirse en un defecto de organización del centro, con claras consecuencias en el ámbito de la responsabilidad sanitaria.


4. Consecuencias jurídicas para los profesionales que incumplan la norma

Desde la perspectiva del profesional sanitario, el ejercicio de actos propios de una especialidad sin el título correspondiente puede generar un haz de responsabilidades concurrentes:

4.1. Responsabilidad administrativa

  • Sanciones por intrusismo profesional.
  • Posible inhabilitación administrativa o prohibición de ejercicio en centros autorizados.

4.2. Responsabilidad civil

  • Pérdida del amparo de la lex artis, al actuar fuera del ámbito de competencia profesional.
  • Mayor facilidad probatoria para el paciente en procedimientos de responsabilidad civil sanitaria.

4.3. Responsabilidad penal

  • Posible subsunción en el artículo 403 del Código Penal si concurren los elementos del intrusismo profesional.
  • Agravación del reproche penal en caso de resultado lesivo.

La nueva norma no modifica directamente estos regímenes, pero facilita su aplicación al reforzar las obligaciones de acreditación y trazabilidad profesional.


5. Consecuencias para las clínicas y centros sanitarios

Especialmente relevantes son las consecuencias para las clínicas, que pasan a ocupar una posición central de garantía.

5.1. Responsabilidad administrativa del centro

  • Sanciones económicas.
  • Suspensión o revocación de la autorización sanitaria.
  • Clausura temporal o definitiva del centro.

5.2. Responsabilidad civil por defecto organizativo

El incumplimiento del deber de control puede fundamentar:

  • responsabilidad directa del centro
  • responsabilidad solidaria con el profesional con base en la culpa in eligendo y la culpa in vigilando.

5.3. Incidencia procesal en litigios sanitarios

En la práctica contenciosa, la ausencia de expedientes actualizados de titulación y competencia:

  • debilita gravemente la defensa del centro
  • refuerza la posición del paciente demandante
  • facilita la apreciación de mala praxis organizativa

El Real Decreto introduce un estándar objetivo fácilmente verificable, lo que previsiblemente incrementará su impacto litigioso en los próximos años.


6. Entrada en vigor y régimen transitorio

La norma entrará en vigor el 1 de julio de 2026, concediéndose un plazo transitorio de seis meses para que los centros sanitarios adapten su organización interna y regularicen la documentación de su personal sanitario.

Finalizado dicho plazo, el incumplimiento podrá dar lugar a actuaciones inspectoras y sancionadoras sin margen de tolerancia jurídica.


7. Conclusión

El Real Decreto de marzo de 2026 no revoluciona el sistema de especialidades médicas, pero sí supone un refuerzo decisivo de su eficacia normativa, al desplazar la atención desde la mera titulación individual hacia la responsabilidad estructural de los centros sanitarios.

En el ámbito de la medicina estética —pero también en el conjunto del sistema sanitario— la norma consolida un mensaje claro:

no basta con que el profesional esté cualificado; el centro debe poder demostrarlo y garantizar activamente la seguridad del paciente.

¿Qué pueden hacer los pacientes afectados y cómo reclamar con garantías?

El reciente cierre inesperado de las clínicas dentales Oral Studio ha dejado a numerosos pacientes sin tratamiento, con pagos pendientes y con una gran incertidumbre sobre cómo recuperar su dinero. Desde Vorlegal, despacho especializado en derecho sanitario y en la defensa de pacientes afectados por cierres de clínicas dentales, queremos ofrecer una guía clara sobre los pasos a seguir para proteger tus derechos.

Por qué es importante actuar cuanto antes

En situaciones como esta, el tiempo es un factor decisivo. Cuando una cadena de clínicas cesa su actividad de forma repentina, es habitual que termine en situaciones de insolvencia o incluso en concurso de acreedores, lo que dificulta enormemente recuperar el dinero directamente de la empresa.

Como explica Rafael Lucero Recio, director de Vorlegal, “cuando la empresa entra en insolvencia, las posibilidades de que el paciente recupere su dinero se reducen drásticamente”. Por ello, es esencial revisar la documentación contractual y valorar las vías de reclamación disponibles cuanto antes.

¿Es útil presentar una denuncia penal?

Ante el cierre de una clínica dental, suele hablarse de “denuncias colectivas” o de acudir a la vía penal por un posible delito de estafa. Sin embargo, esta opción no siempre es la más eficaz.

Para que exista estafa debe demostrarse una intención fraudulenta desde el inicio, algo que no siempre es sencillo. Además, los procedimientos penales suelen alargarse durante años, lo que retrasa cualquier posibilidad de recuperar el dinero.

Por este motivo, en muchos casos resulta más práctico explorar vías civiles o contractuales, que permiten obtener resultados más rápidos y efectivos.

Vías legales para reclamar: financiera y seguro de responsabilidad civil

Existen alternativas legales que pueden ofrecer soluciones más ágiles a los pacientes afectados:

1. Reclamación a la entidad financiera

Si el tratamiento se contrató mediante financiación vinculada, el consumidor puede tener derecho a:

  • Suspender el pago de las cuotas.
  • Solicitar la resolución del contrato.
  • Reclamar las cantidades abonadas si el servicio no se ha prestado.

Esta vía suele ser una de las más efectivas para frenar pagos y recuperar el dinero.

2. Reclamación al seguro de responsabilidad civil

Otra opción es reclamar al seguro de responsabilidad civil profesional de la clínica o de los odontólogos implicados. En determinados casos, estas pólizas cubren los daños ocasionados a los pacientes.

Tal y como señala Rafael Lucero, “cada caso debe estudiarse de forma individual, pero existen alternativas legales más eficaces que una denuncia penal para recuperar el dinero o evitar seguir pagando por tratamientos no realizados”.

Qué deben hacer los pacientes afectados por el cierre de Oral Studio

Para aumentar las posibilidades de éxito en una reclamación, recomendamos:

  • Reunir toda la documentación: contratos, presupuestos, justificantes de pago y contratos de financiación.
  • Solicitar el historial clínico, imprescindible para continuar el tratamiento en otro centro.
  • Revisar el contrato de financiación, si existe, para valorar la suspensión de pagos.
  • Consultar con un abogado especializado en derecho sanitario, que pueda analizar el caso y determinar la vía más eficaz.

Vorlegal: especialistas en reclamaciones por cierre de clínicas dentales

En Vorlegal contamos con amplia experiencia en la defensa de pacientes afectados por el cierre de cadenas dentales en España, incluyendo nuestra participación como abogados de la Plataforma de Afectados de Dentix. Nuestro equipo está especializado en derecho sanitario, responsabilidad profesional médica y defensa de consumidores en el ámbito de los servicios sanitarios.

Si eres uno de los afectados por el cierre de Oral Studio, podemos ayudarte a analizar tu caso y a iniciar las acciones necesarias para proteger tus derechos. Contacta con nosotros en info@vorlegal.com.

Curso de Fundamentos de la Pericial Médica

Formación acreditable para médicos especialistas – Inicio Marzo 2026

La actividad pericial médica se ha convertido en una salida profesional complementaria de gran valor para los médicos especialistas, especialmente en el ámbito de la responsabilidad civil profesional. Conscientes de esta realidad, desde Vorlegal Abogados lanzamos el curso “Fundamentos de la Pericial Médica”, una formación práctica y especializada dirigida a médicos que deseen iniciarse o consolidarse como peritos médicos.

Formación reconocida por el SERGAS

Vorlegal Abogados ha sido reconocido como proveedor oficial de formación por el Servicio Gallego de Salud (SERGAS), por lo que este curso permitirá la obtención de créditos de formación continuada (pendientes de confirmación definitiva por dicho organismo).

¿A quién va dirigido el curso?

Este curso está dirigido a médicos especialistas interesados en:

  • Realizar informes periciales médicos.
  • Colaborar con despachos de abogados en procedimientos de responsabilidad civil profesional.
  • Ampliar sus competencias profesionales con una actividad compatible con su ejercicio clínico habitual.

La normativa española únicamente exige contar con la especialidad médica correspondiente al caso, por lo que esta formación aporta los conocimientos jurídicos y metodológicos esenciales para elaborar informes periciales rigurosos y técnicamente sólidos.

Contenido y estructura del curso

El curso se imparte en modalidad online en directo, mediante videoconferencia, fomentando la participación y la resolución de dudas, y consta de cuatro módulos:

Módulo 1 – Conceptos jurídicos básicos del informe pericial
📅 7 de marzo de 2026 | ⏰ Horario a consensuar

  • Conceptos jurídicos generales
  • Tipos de peritajes
  • Tipos de informes periciales
  • Estructura del informe pericial

Módulo 2 – Responsabilidad civil profesional médica
📅 14 de marzo de 2026

  • Lex artis ad hoc
  • Obligación de información
  • Nexo causal entre actuación médica y daño

Módulo 3 – Valoración del daño corporal
📅 20 de marzo de 2026

  • Introducción al baremo de valoración del daño
  • Ejemplos prácticos de lesiones temporales y permanentes
  • Valoración del daño en supuestos de fallecimiento

Módulo 4 – Trabajo práctico final
📅 Fecha límite: 31 de marzo de 2026

  • Elaboración de un informe pericial completo, incluyendo la valoración del daño

Las sesiones quedarán grabadas para su posterior visualización.

Flexibilidad horaria y facilidades de pago

Con el objetivo de facilitar la asistencia, el horario de las sesiones podrá adaptarse en función de la disponibilidad de los alumnos inscritos.

¿Por qué formarte con Vorlegal Abogados?

  • Amplia experiencia en procedimientos de responsabilidad civil profesional médica.
  • Formación orientada a la práctica real pericial.
  • Posibilidad de colaboración futura como perito con el despacho.
  • Acompañamiento jurídico especializado durante toda la formación.

Inscripciones

Si estás interesado/a en realizar el curso o deseas recibir el formulario de matrícula, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestra página web o por correo electrónico. Las plazas son limitadas.

El caso Ter Stegen y la autonomía del paciente

La reciente negativa del portero del FC Barcelona, Marc-André ter Stegen, a firmar el informe médico que permitiría al club remitir sus datos de salud a LaLiga ha reabierto un debate jurídico poco habitual en el mundo del fútbol: ¿hasta dónde llega el derecho a la privacidad de los jugadores profesionales respecto a sus datos médicos?

Estamos acostumbrados a conocer con todo lujo de detalles las lesiones de los futbolistas: diagnóstico, tiempo estimado de recuperación, si pasarán por quirófano, etc. Sin embargo, pocas veces un jugador se ha opuesto públicamente a la difusión de esta información. La decisión de Ter Stegen, que impide al club liberar parte de su ficha salarial para inscribir a nuevos jugadores, ha generado tensiones internas y un expediente disciplinario. Pero, ¿tiene fundamento legal su postura?

La respuesta es sí. En España, los datos de salud están considerados especialmente protegidos por la normativa vigente. El artículo 9 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, establecen que su tratamiento está prohibido salvo que exista consentimiento expreso del interesado o concurran circunstancias excepcionales.

Además, la Ley 41/2002, de autonomía del paciente, refuerza este derecho. En su artículo 2.1, reconoce que “toda actuación en el ámbito de la salud de un paciente requiere el consentimiento libre y voluntario del afectado, una vez que haya recibido la información adecuada”. Esto incluye no solo tratamientos médicos, sino también la cesión de datos clínicos a terceros, como podría ser LaLiga.

Por tanto, aunque el club pueda considerar la negativa de Ter Stegen como perjudicial para sus intereses deportivos y económicos, la ley ampara al jugador. La cesión de datos médicos sin consentimiento puede constituir una infracción grave, sancionable por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) con multas de hasta 600.000 euros, y en casos extremos, podría incluso derivar en responsabilidad penal por vulneración del derecho a la intimidad, conforme al artículo 197 del Código Penal.

Este caso pone de relieve la tensión entre los intereses empresariales del deporte profesional y los derechos fundamentales de los jugadores como pacientes. La autonomía del paciente no se suspende por el contrato laboral ni por la notoriedad pública. Y aunque el fútbol sea espectáculo, la salud sigue siendo un asunto privado.

Las listas de espera en la sanidad pública española siguen siendo uno de los principales problemas en la mayoría de servicios autonómicos de salud. Aunque no siempre se asocian a una negligencia médica directa, las demoras excesivas pueden generar un perjuicio real y que debe ser indemnizado.

El caso que marca un precedente


Un caso reciente es el del paciente Marcos que esperó 15 meses para una operación de rodilla que debía realizarse en un máximo de 90 días. Aunque la cirugía fue exitosa, el juzgado de lo contencioso-administrativo nº 2 de Vigo condenó al Servizo Galego de Saúde (Sergas) a indemnizarlo con 14.700 € más intereses por el perjuicio sufrido durante la espera.
El juez no apreció mala praxis médica, pero sí una vulneración de la lex artis por la demora injustificada, considerando que la calidad de vida del paciente se vio comprometida durante el largo e injustificado tiempo de espera.

¿Cuándo se puede reclamar?


Aunque no existe un baremo estatal único, algunas comunidades autónomas sí han regulado legalmente los plazos máximos de espera quirúrgica, mientras que otras solo ofrecen plazos estadísticos de referencia:

Con plazos legalmente garantizados:

  • Galicia (SERGAS):
    Prioridad 1: máximo 30 días.
    Prioridad 2: máximo 90 días.
  • Asturias (SESPA):
    Cirugías programadas: máximo 6 meses.
    Consultas y pruebas diagnósticas: máximo 2 meses.

Con plazos orientativos o estadísticos:

  • Madrid (SERMAS): publica demoras medias mensuales, pero no hay un plazo legal garantizado. En abril de 2025, la espera media fue de 49,79 días.
  • Cataluña (CatSalut): algunas intervenciones tienen garantía de 180 días (como cataratas o prótesis), pero muchas otras solo cuentan con plazos de referencia sin valor legal.
    Si estos plazos se superan sin justificación y el paciente sufre un perjuicio (dolor, pérdida de calidad de vida, imposibilidad de trabajar, etc.), puede haber base para una reclamación por responsabilidad patrimonial.

¿Cómo te podemos ayudar desde Vorlegal?


En Vorlegal somos especialistas en derecho sanitario y en reclamaciones por demoras injustificadas en la atención médica. Sabemos que enfrentarse al sistema de salud puede ser complejo y frustrante, por eso te acompañamos en todo el proceso con un enfoque integral y personalizado.

  • Evaluamos si existe un daño indemnizable
    Analizamos tu caso en profundidad para determinar si la demora en la atención ha vulnerado tus derechos como paciente. Estudiamos el impacto que ha tenido en tu salud, tu vida personal y profesional, y si se ha producido un perjuicio económico, funcional o emocional que pueda ser reclamado.
  • Identificamos la normativa aplicable según tu comunidad autónoma
    Cada comunidad tiene sus propios plazos y garantías sanitarias. Como hemos visto, en algunas Comunidades Autónomas existen plazos máximos legalmente establecidos y en otras manejan plazos estadísticos de referencia. En Vorlegal te ayudamos a entender qué derechos te amparan según tu lugar de residencia y el tipo de intervención que necesitas.
  • Contamos con peritos médicos de todas las especialidades
    Colaboramos con un equipo de peritos médicos independientes que nos permiten valorar objetivamente el daño sufrido y reforzar tu reclamación con informes técnicos sólidos. Esto es clave para demostrar que la demora ha tenido consecuencias reales y evitables.
  • Elegimos la vía más eficaz para tu reclamación
    Estudiamos si es más conveniente iniciar una reclamación administrativa, una reclamación patrimonial por funcionamiento anormal del servicio público o acudir directamente a la vía judicial contencioso-administrativa. También valoramos si puedes reclamar el reembolso de gastos médicos privados si tuviste que acudir a la sanidad privada por necesidad urgente.
  • Te acompañamos de principio a fin
    Desde la recopilación de documentación médica hasta la presentación de la reclamación y la defensa ante los tribunales, si es necesario. Nuestro objetivo es que no te sientas solo ante un sistema que muchas veces no informa ni actúa con la diligencia debida.

Si eres víctima de una demora injustificada en la lista de espera quirúrgica, contacta con nosotros.

En el día de hoy hemos conocido una sentencia en la que se condena al Servicio Gallego de Salud (Sergas) a indemnizar con 48.622 euros a la madre de un adolescente de 15 años, tras un grave error de diagnóstico en urgencias. La falta de exploraciones médicas necesarias llevó a un diagnóstico incorrecto, provocando un daño irreversible: la extirpación de un testículo.

En este caso, los profesionales del Sergas no realizaron dos pruebas esenciales:

  • Signo de Prehn: consiste en elevar el testículo para verificar si el dolor disminuye (indicador clave de torsión).
  • Reflejo crematérico: una exploración que ayuda a detectar el problema al contraer el músculo que eleva el testículo.

Al no hacer estas pruebas ni una ecografía Doppler, se emitió un diagnóstico erróneo de orquitis (inflamación testicular), retrasando la cirugía y causando una lesión irreversible

Este caso es un claro ejemplo de negligencia médica y refuerza la importancia de reclamar ante errores que afectan la salud y calidad de vida de los pacientes.

¿Cuándo se puede reclamar una negligencia médica?

En medicina, los resultados no están garantizados. Pero lo que si es exigible a los profesionales sanitarios es que pongan los medios necesarios para realizar un correcto tratamiento, conforme al estado actual de la ciencia médica.

La negligencia médica ocurre cuando el facultativo no actúa conforme a los protocolos médicos aplicables, y ello además, produce un daño que el paciente no tenía el deber de soportar. Algunos de los casos más comunes de negligencia médica son:

  • Errores o retrasos de diagnóstico, que pueden reducir o eliminar las posibilidades de curación.
  • Falta de información de los riesgos de un procedimiento, ya que el derecho de autodeterminación del paciente es fundamental para poder elegir si someterse o no a una determinada intervención.
  • Omisión de exploraciones necesarias, como ocurrió en este caso.
  • Falta de un seguimiento adecuado del tratamiento. Es fundamental realizar un seguimiento acorde a los protocolos de cualquier tratamiento realizado para poder asegurar la pronta actuación ante la existencia de complicaciones. innecesarias.

Si un error médico ha provocado un daño grave o irreversible, los afectados tienen derecho a exigir una indemnización.

Error de diagnóstico en torsión testicular: ¿Cuándo se puede reclamar?

La torsión testicular es una urgencia médica que requiere diagnóstico y tratamiento inmediato, ya que la falta de irrigación sanguínea puede provocar la pérdida irreversible del testículo en cuestión de horas. Según expertos, cualquier caso de escroto agudo en adolescentes debe considerarse una torsión hasta que se demuestre lo contrario, y la única forma de confirmarlo es mediante:

Exploración clínica completa.
Pruebas específicas (signo de Prehn y reflejo crematérico).
Ecografía Doppler, que permite evaluar el flujo sanguíneo y confirmar la presencia de isquemia.

La diligencia exigible al profesional sanitario, le debe hacer interpretar correctamente los signos y síntomas que presenta el paciente, llevándole a realizar las pruebas necesarias cuando exista la sospecha de una torsión testicular.

¿Por qué acudir a Vorlegal en un caso como este?

Vorlegal es el despacho de abogados nº 1 en reclamaciones por negligencias médicas.

La experiencia y la especialización son muy importantes en estos casos:

  • Obtenemos toda la documentación e información relevante.
  • Consultamos con un perito especialista.
  • Solo reclamamos si el caso es claramente viable.
  • Elegimos la mejor vía de reclamación.
  • Nuestra especialización nos permite tener una alta eficacia en Sala.

Si crees que has sido víctima de una negligencia médica, contacta con nosotros para una consulta gratuita.

Una nueva cadena de clínicas sanitarias está cerrando centros en España sin previo aviso. Como ya sucediera anteriormente con centros Ideal y otros muchos.

Si eres uno de los afectados por el cierre de los centros de Hedonai, debes saber en primer lugar, que no estás obligado a aceptar el cambio de centro. Efectivamente Hedonai está ofreciendo continuar los tratamientos en otras localidades distintas a la del centro de contratación. Pero ello muchas veces puede generar inconvenientes al afectado, debido por ejemplo, a la distancia. Esto supone un incumplimiento del contrato inicial,  por lo que no es obligatorio aceptar el cambio.

¿Qué se puede reclamar ante el cierre de Hedonai?

Lo que se puede reclamar es el importe del tratamiento que se ha abonado y que no se ha llegado a realizar.

Además de lo anterior, se puede reclamar en caso de que haya existido alguna negligencia.

¿Cómo actuar si he financiado el tratamiento?

En estos casos se puede reclamar directamente a la entidad financiera, al tratarse de un crédito vinculado.

¿Cómo actuar si he pagado en efectivo o con tarjeta?

En estos casos es conveniente presentar la reclamación lo antes posible contra Hedonai debido a la posibilidad de que esta empresa entre en concurso de acreedores. Si Hedonai entra en concurso, las posibilidades de recuperar el dinero serán más limitadas.

¿Por qué contar con Vorlegal para iniciar la reclamación?

  • Tenemos amplia experiencia en reclamaciones a centros sanitarios masivos. Hemos reclamado en nombre de centenares de clientes en los casos de iDental, Dentix, Vivanta o Ideal.
  • El primer escrito de reclamación es importante debido a que puede condicionar la demanda posterior.
  • Somos especialistas en Derecho Sanitario.

Ponte en contacto con nosotros.

Partimos de la base de que la vacunación masiva contra el Covid-19 fue un hecho decisivo en la finalización de la pandemia, generando en beneficio individual y sobre todo colectivo. Pero también es verdad, que las referidas vacunas no estaban exentas de algunos riesgos y ciertos efectos secundarios, escasos, pero graves cuando se manifiestan.

Y por estos riesgos no nos referimos a las falsas noticias que han circulado por redes sociales y algunos medios de comunicación, si no a riesgos y complicaciones, científicamente probados y reconocidos por la Agencia Europea del Medicamento.

Estas complicaciones que realmente pueden producir las vacunas del Covid-19, son en su mayoría complicaciones leves, como ocurre en el resto de vacunas, como pueden ser el dolor en la zona de la inyección, malestar generalizado, fiebre, etc.

Sin embargo, también existen algunos riesgos que pueden ser potencialmente más graves, como pueden ser las trombosis, reacciones alérgicas, o el llamado síndrome del covid-19 persistente.

Precisamente, este primer riesgo de trombosis es el que sufrió el paciente que ha obtenido la primera sentencia favorable en nuestro país, sobre indemnización por daños producidos por el efecto de la vacuna Covid-19.

Efectivamente, este paciente sufrió una trombosis tras haber sido vacunado con la vacuna de Jenssen, en el Servicio Extremeño de Salud y ha obtenido una indemnización de 40.000 euros, mediante sentencia de fecha 3 de mayo de 2024.

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura da la razón al paciente, fundamentalmente por dos motivos:

  • La relación entre la aparición del efecto adverso, es decir, la trombosis, y la administración de la vacuna contra el Covid-19, quedó probada por los informes periciales y declaraciones testificales de los médicos que intervinieron.
  • Los particulares tienen el derecho de ser indemnizados por los daños generados como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.

En este caso se considera que, aunque el funcionamiento del Servicio Extremeño de Salud ha sido adecuado, en lo referente a la campaña de vacunación contra el Covid-19, ello no supone impedimento para considerar que el afectado por los efectos adversos de esta vacuna deba ser indemnizado.

Es decir, el paciente, en este caso, no tiene el deber jurídico de soportar el daño producido.

Por tanto, para poder reclamar con ciertas garantías en este tipo de casos, se tienen que dar varios supuestos:

  • Que el daño producido esté descrito como una de las complicaciones que puede producir la vacuna del Covid-19.
  • Que se pueda acreditar la relación entre la administración de la vacuna del Covid-19 con los daños producidos.
  • Que se considere que dicho daño no ha de ser soportado por el administrado, como ya está empezando a reconocer la Justicia española, mediante esta primera sentencia.

En Vorlegal somos abogados especializados en Derecho Sanitario y te podemos ayudar en casos de reclamaciones por negligencia médica:

  • Primero te informaremos de la viabilidad jurídica de la reclamación.
  • A continuación, solicitaremos la historia clínica para que los peritos especialistas que colaboran con nosotros puedan examinar la viabilidad médica.
  • Si el caso es viable iniciamos la reclamación extrajudicial.
  • Y en caso de que no se llegue a un acuerdo, presentamos la demanda judicial.

Ponte en contacto con nosotros.

#daños de la vacuna covid, #negligencias médicas, #responsabilidad patrimonial

Se ha producido un nuevo caso de cierre repentino de clínica sanitaria. Antes fueron los casos de Dentix, SmyDent, o Ideal, entre otros, y ahora las clínicas de Dorsia en Badalona y Manresa siguen los mismos pasos.

Como en los supuestos anteriores, este cierre repentino deja a muchos afectados sin la posibilidad de terminar su tratamiento, ya abonado y financiado. Y en otros casos, deja a pacientes afectados por mala praxis.

Os explicamos en este post, cómo reclamar ante esta situación.

¿Cómo reclamar si he financiado el tratamiento y no me lo han terminado?

En este caso, hay que presentar una reclamación tanto a Dorsia como a la compañía financiera, reclamando la devolución de las cantidades abonadas por la parte del tratamiento que no se haya llegado a realizar.

El contrato de crédito en este caso, se considera un contrato de crédito vinculado, lo cual significa que puedes ejercer los derechos tanto contra Dorsia, como contra la entidad financiera.

Para ello, es necesario disponer de la siguiente documentación:

  • Contrato de crédito vinculado
  • Presupuesto de tratamiento
  • Justificante de los pagos realizados
  • Historia clínica

Si no tienes alguno de estos documentos, en  Vorlegal te podemos ayudar a conseguirlos.

¿Cómo reclamar si he pagado el tratamiento, pero no está financiado?

Si eres afectado por el cierre de Dorsia, pero pagaste todo el tratamiento sin financiarlo, la reclamación se tiene que realizar directamente contra la clínica.

En este caso, aunque la empresa que gestione Dorsia Badalona y Manresa pueda estar en concurso, se podrá reclamar a la matriz, la cual sí presentará solvencia suficiente para responder por los daños generados.

¿Cómo reclamar si he sufrido una negligencia médica?

Si has sufrido una negligencia médica, lo primero que haríamos sería solicitar la historia clínica y comprobar la viabilidad de la reclamación con un perito médico.

Tienes más información sobre las negligencias médicas en este enlace.

¿Cómo te podemos ayudar en Vorlegal?

Somo un despacho especializado en Derecho Sanitario y tenemos amplia experiencia en reclamaciones por cierre de franquicias sanitarias. Hemos asesorado, con éxito, a multitud de afectados por los cierres de iDental, Dentix, SmyDent, Ideal, etc.

Ver casos de éxito.

Por ello, conocemos las mejores vías legales para poder recuperar tu dinero, tanto si no te han realizado parte del tratamiento, como si has sufrido una negligencia médica.

Contacta con nosotros.

Los clientes de los Centros Ideal, una franquicia de estética y depilación láser, se han encontrado sin previo aviso con los establecimientos de la cadena cerrados.

La empresa ha publicado un comunicado en su página web donde informan de que «debido a la situación económica» que atraviesan desde la pandemia y «a pesar de los esfuerzos realizados», se han visto obligados «legalmente» a cerrar sus centros.

Los centros Ideal han cerrado de forma sorpresiva, dejando a muchos pacientes con tratamientos estéticos a medias.

¿Qué hacer si eres uno de los clientes afectados por el cierre?

Debido a que casos como éste han acontecido en nuestro país con cierta frecuencia en los últimos años, se ha adaptado la normativa para proteger a los consumidores. 

Se considera que los contratos de financiación para este tipo de servicios son créditos vinculados. En el caso de que el tratamiento haya quedado sin finalizar o ni si quiera se haya iniciado, habrá que diferenciar entre si se ha financiado el tratamiento o se ha abonado en su totalidad al inicio del mismo.

En caso de que se haya financiado el tratamiento, la entidad financiera tiene responsabilidad directa en lo referente a la devolución de las cantidades abonadas por tratamientos que no se hayan llegado a realizar. Para ello, hay que presentar una reclamación de cancelación, tanto al prestador del servicio, como a la propia financiera.

En los casos en los que el paciente ha abonado el importe del tratamiento directamente, sin financiación, son los que presentan más complejidad ya que la reclamación solamente se puede realizar al prestador del servicio.

cas reciba un volumen de reclamaciones mucho mayor y que los casos en los que existe negligencia sean también mayores.

¿Cómo cancelar el contrato con centros Ideal y su financiera?

Cuando un tratamiento es financiado por alguna de sus entidades colaboradoras, como pueden ser Evo Finance o Cetelem nos encontramos ante un “contrato de crédito vinculado” y que está regulado en la Ley de Créditos al Consumo.

La característica principal de este tipo de créditos es que está vinculado al tratamiento dental, de tal manera que si no se presta este servicio o se presta incorrectamente, se podrá rescindir el contrato de financiación.

Más información en este post.

¿Cuáles son las negligencias más comunes?

También es posible que, además de no haber sido terminado el tratamiento, éste se haya prestado con mala praxis, es decir, negligentemente.

Hay que recordar que este tipo de franquicias, reciben un porcentaje mucho mayor de reclamación que las clínicas estéticas habituales.

Una de las negligencias médicas más comunes en este tipo de centros es la quemadura por depilación láser. La aplicación de un láser no adecuado al tipo de piel concreto o el desajuste en los parámetros e intensidad de la luz pueden conllevar quemaduras en la piel.

Puedes ver más información sobre este tipo de quemaduras en uno de nuestros casos de éxito.

Estos daños, aunque por lo general son menores, en ocasiones pueden dar lugar a daños graves en la piel. Una quemadura de segundo grave requiere de tratamiento médico para su recuperación.

¿Cómo te podemos ayudar desde Vorlegal?

En Vorlegal tenemos amplia experiencia en el asesoramiento a afectados por el cierre o por negligencia producido en franquicias dentales. Ya hemos asesorado a multitud de pacientes de franquicias como iDental, Dentix o SmyDent.

Nuestra experiencia nos permite determinar qué casos se pueden reclamar, identificar el camino más adecuado para encauzar la reclamación con los mejores medios y hacer frente a los profesionales contratados por los centros Ideal para su defensa.

Nuestra forma de trabajar en los casos de centros Ideal es la siguiente:

1.- Solicitamos y conseguimos tu Historia Clínica.

2.- Analizamos la viabilidad jurídica del asunto. En este caso, si procede solicitar la devolución del coste del tratamiento sin terminar, o si también existe negligencia médica.

3.- Presentamos reclamación extrajudicial e intentamos llegar a un acuerdo con la aseguradora de los centros Ideal, así como con la entidad financiera.

4.- En caso de que no sea posible el acuerdo, presentamos demanda en el Juzgado.

En el siguiente enlace, podéis encontrar más información sobre reclamaciones a entidades como Dentix, en caso de que los centros Ideal entren en preconcurso de acreedores.

Si tu tratamiento con centros Ideal ha quedado sin terminar, o consideras que ha podido haber negligencia médica, no dudes en ponerte en contacto con nosotros: info@vorlegal.com o 649 06 17 67.