NOVEDAD—- Visita este audio de nuestra compañera María González Feijóo para conocer las últimas novedades sobre las reclamaciones a Dentix.
– Actualización a fecha 5 de enero de 2021 –
En el día de ayer, 4 de enero de 2021, venció el plazo para comunicar los créditos de los afectados de Dentix al concurso de acreedores. La comunicación de créditos, explicado a grosso modo, se trata de indicar a la administración concursal, que el afectado ha abonado un servicio que finalmente no se ha prestado por parte de Dentix, y que por tanto, procede su devolución.
Pero, si soy afectado y no he podido comunicar el crédito antes de esta fecha ¿ya no puedo reclamar?. La realidad es que la Ley Concursal, establece en su artículo 259.2, que la Administración Concursal debe incluir todos los créditos que «resultaren de los libros y documentos del deudor«. Por tanto, al figurar los presupuestos de las clínicas de Dentix con cada uno de los pacientes, en los registros del deudor, que en este caso es Dentix, se deben incluir estos créditos en el Concurso de Acreedores.
No obstante, es importante notificarlo a la Administración Concursal, ya que de lo contrario podrían no ser incluídos y entonces habría que impugnar el contenido de la lista de acreedores.
¿Ya no se puede reclamar por la oferta de Advent?
Los tratamientos dentales, requieren de un seguimiento adecuado, establecido en los protocolos aplicables para cada una de las intervenciones.
No es exigible al paciente que tenga que ver cómo su tratamiento se demora sine die, perjudicando el mismo por esta falta de seguimiento durante todos los meses que está durando la compleja situación de Dentix.
Por ello, en muchos casos, los afectados han tenido que acudir a otra clínica distinta o han visto como se le han provocado daños indemnizables por esta falta de seguimiento. Ello será motivo de cancelación definitiva de los contratos con Dentix y sus financieras, así como de la solicitud de indemnización de daños y perjuicios, independientemente de la «promesa» de que en plazo supuestamente breve, puedan volver a realizarse los tratamientos en algunas clínicas de Dentix.
Por otro lado, ¿qué ocurre con las demandas que se han presentado previamente al concurso?
En este caso, el procedimiento judicial sigue su curso hasta su finalización, mediante sentencia firme, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 137 de la Ley Concursal.
Por tanto, si eres afectado de Dentix, y aún no has puesto tu reclamación, todavía puedes hacerlo, Ponte en contacto con nosotros.
– Actualización a fecha 7 de diciembre de 2020 –
Ya habíamos informado previamente de los efectos del preconcurso de Dentix para los pacientes, y tras haberse confirmado en el día de ayer que Dentix entra en concurso de acreedores definitivamente, al no haber conseguido refinanciarse, indicamos en este post cómo afecta a las reclamaciones tanto por negligencia médica, como por incumplimiento contractual.
Para ello vamos a distinguir distintos supuestos:
¿Qué pasa si he sufrido una negligencia médica?
Si usted ha sufrido una negligencia médica en Dentix, ya sea porque no se haya realizado la planificación adecuada, ya sea porque se ha ejecutado mal el tratamiento, o por cualquier otro motivo, aún es posible reclamar a Dentix, a través de su aseguradora de responsabilidad civil.
Véase en este sentido nuestro anterior post de ¿Cómo reclamar a Dentix?
Por tanto, tanto en los casos en los que ya se haya iniciado la reclamación, como en lo que aún no se haya presentado la misma, va a ser todavía posible obtener una compensación.
¿Qué pasa si no me han terminado el tratamiento?
En este caso, lo que se produce es un incumplimiento contractual por parte de Dentix, ya que ha cobrado por un servicio que finalmente no ha sido ejecutado.
Normalmente, los tratamientos de Dentix suelen estar financiados, mediante contratos de financiación al consumo. Ello hace que la financiera correspondiente, también sea responsable del incumplimiento contractual de Dentix, por lo que, se puede reclamar la cancelación del contrato de financiación, con devolución de las cantidades que se hayan abonado y no se hayan ejecutado por parte de Dentix.
Véase más información al respecto en nuestro post ¿Cómo cancelar la financiación con Dentix?
¿Y si no he financiado el tratamiento?
Este es el único caso en el que no existe un tercero responsable al que se pueda reclamar, por lo que habrá que presentar la correspondiente reclamación a Dentix y pasar por el mismo trámite que el resto de acreedores concursales, esperando poder obtener al menos la recuperación de parte de la deuda.
Una vez que ya se ha aprobado el concurso de acreedores, existe el plazo de un mes, para comunicar a la Administración concursal la deuda que pueda tener Dentix con cada paciente afectado.
En este sentido, hay varios casos:
- Si el afectado ya ha puesto la demanda, ésta sigue su curso normalmente.
- Si aún no había reclamado, se deberá notificar la reclamación a la administración concursal, a través de un escrito de comunicación de créditos.
- En los casos en los que hay un tercero responsable, ya sea la financiera en los casos de devolución del tratamiento, o la aseguradora de responsabilidad civil, en los casos de negligencia médica, se sigue pudiendo reclamar contra éstos directamente.
¿Cómo te podemos ayudar desde Vorlegal?
- Determinamos si en tu caso se puede reclamar por negligencia, o si simplemente hay que reclamar la cancelación de la financiación.
- Nos dirigimos contra la entidad más adecuada para tener mayores posibilidades de éxito.
- Presentamos el escrito de comunicación de créditos a la administración concursal.
- Trabajamos con peritos especializados que pueden realizar informes tanto en casos de negligencia, como en casos de cancelación de la financiación. En este último caso, se trata de ver qué parte del presupuesto ha sido llevada a cabo y por tanto, qué cantidad tendría que devolver la financiera.
- Somos especialistas en Derecho Sanitario y ya tenemos amplia experiencia en este tipo de asuntos.
Puedes contactar con nosotros en info@vorlegal.com.