En Vorlegal, despacho especializado en Derecho Sanitario, hemos obtenido una nueva sentencia favorable a uno de nuestros clientes. En este caso, se trata de afectado por una mala praxis en un tratamiento dental efectuado en una clínica de Boadilla del Monte, Madrid.

Lo especial de este caso, es que el paciente tomaba medicación antidepresiva. Este tipo de medicación conlleva una serie de riesgos a la hora de la integración de los implantes.

Efectivamente, como comenta la perito odontóloga que colabora con Vorlegal, la Dra. Fátima Martín:  

“Debido a su medicación sobre la depresión, hay una tasa más elevada de fracasos en los implantes. Esta medicación provoca interferencia en el metabolismo de formación de hueso, y por lo tanto, interacción con la función de los osteoblastos. Ello conlleva el fallo en la osteointegración del implante en este caso.”

Ante esta situación, es muy habitual que la clínica se escude en que el fracaso de los implantes se debe a las propias características del paciente.

Pero la realidad, es que nuestros Tribunales obligan a que la Clínica informe sobre los riesgos específicos que tiene cada paciente. Efectivamente, en un tratamiento existen riesgos generales, que son los comunes para cualquier paciente; y los riesgos específicos, que son los riesgos adicionales que presenta un paciente por sus circunstancias concretas.

Es obligación del profesional sanitario informar sobre los riesgos específicos que conlleva un tratamiento y no solo sobre los riesgos generales.

En este caso, el Juzgado de Móstoles considera que la información no ha sido la adecuada, al no informar al cliente de Vorlegal, de que, debido a que éste consumía medicación antidepresiva, iba a tener un porcentaje mayor de posibilidades de fracaso de los mismos.

“Se asumen al respecto las conclusiones expresadas en el informe de la perito Sra. Martín Hernán, que señala como omisiones relevantes la falta de valoración de los datos facilitados por el paciente en cuanto a tratamientos farmacológicos previos y coetáneos al inicio de la cirugía, susceptibles de incidir en el metabolismo óseo y respecto de los que no se hace mención por Dentix, así como la probable existencia de una periodontitis crónica que la perito observó en el examen del paciente, circunstancias que hacían más probable y previsible el fracaso de los implantes. No consta que se valorase el estado del hueso antes de iniciar los implantes, lo que pudo y debió hacerse mediante pruebas diagnósticas al alcance de la clínica, desconociéndose qué valoración se hizo de los resultados del TAC que se menciona, pues el paciente había suministrado suficientes datos para considerar su pertinencia.”

A parte de lo anterior, incurre en este caso, “un clásico” de las negligencias dentales, como es la falta de tratamiento previa de una enfermedad periodontal.

La enfermedad periodontal es una infección de las encías, que presentan muchos pacientes y que debe ser tratada, previamente al inicio de un tratamiento dental, ya que su falta de control, puede generar infecciones y destrucción del hueso.

No alegramos por nuestro cliente, el cual, con la indemnización recibida, va a poder someterse a nuevo tratamiento rehabilitador para recuperar su salud dental.

¿Te has visto en alguna situación similar? Contacta con nosotros, estaremos encantados de ayudarte.