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Nuevo Real Decreto aprobando la Especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias.

El día 3 de julio de 2024, se publicó el Real Decreto que regula la creación de la Especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias.

Actualización!!

Se ha conocido recientemente la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha de fecha 12 de mayo de 2025, por la que se reconoce el derecho de los médicos generalistas con título de Medicina extranjero homologado a acceder por la vía extraordinaria al nuevo título de especialista.

La redacción original del RD de 3 de julio de 2024, cometía una notable injusticia con todos los profesionales extracomunitarios que estaban trabajando en los últimos años como médicos de Urgencias y Emergencias, ya que se les excluía de la posibilidad de obtener la homologación extraordinaria.

Con esta Sentencia del Tribunal Supremo, se elimina esta exclusión, por lo que todos los médicos extracomunitarios que cumplan el resto de requisitos para optar a la obtención extraordinaria de la Especialidad Médica en Urgencias y Emergencias, podrán acceder a ella.

La propia Sentencia obliga a las Administraciones a readaptar el procedimiento de solicitud de la referida homologación, por lo que en los próximos días es de esperar que se comunique el procedimiento a seguir para los beneficiados por esta sentencia.

En este post te vamos a explicar todas las preguntas relevantes sobre la aplicación de esta nueva normativa.

¿En qué consiste la nueva formación?

La nueva Especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias será una nueva especialidad de 4 años de duración, que compartirá los dos primeros años de programa con la Especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria.

¿Se van a poder homologar los títulos extranjeros de Especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias?

Para homologar los títulos extracomunitarios de esta especialidad va a haber que esperar como mínimo los seis meses que se indican en el Real Decreto como plazo para redactar y publicar el programa.

Hasta que no exista un programa con el que comparar la formación realizada en el Extranjero, no se van a poder enviar solicitudes de homologación.

¿Cómo solicitar el reconocimiento de la especialidad si ya he trabajado como Médico/a de Urgencias y Emergencias?

Podrán solicitar el reconocimiento de esta especialidad los profesionales que sean Médicos Generales o Médicos de Familia y que hayan trabajado 4 de los últimos 7 años en esta nueva Especialidad.

Se entiende que han trabajado en esta Especialidad:

  • Los Médicos contratados para los servicios de Urgencias de Hospitales Generales.
  • Los Médicos contratados para la atención de Urgencias y Emergencias en unidades móviles.

¿Qué plazo tengo para solicitar el reconocimiento en estos casos?

Se establece un plazo muy concreto dependiendo del mes de nacimiento del interesado. Como mínimo hay que esperar 3 meses desde la publicación del Real Decreto, y a partir de ahí existe un tiempo adicional en función del mes de nacimiento.

Es importante cumplir con el plazo establecido porque posteriormente no será posible obtener el reconocimiento de la especialidad por esta vía extraordinaria.

En Resumen:

  • Si eres Médico extracomunitario y quieres homologar la Especialidad, deberás esperar al menos 6 meses desde la publicación del Real Decreto, para solicitar la homologación, ya que es el plazo establecido para que se redacte el programa formativo.
  • Si eres Médico que ya ha trabajado en España en esta Especialidad, debes esperar un mínimo de 3 meses desde la publicación del Real Decreto y además atender al plazo específico según tu mes de nacimiento. Además tienes que haber trabajado 4 de los últimos  7 años como Médico de Urgencias y Emergencias.

Si tienes cualquier duda o quieres información sobre cómo iniciar el proceso, puedes contactar con nosotros. Somos abogados especialistas en Derecho Sanitario, con multitud de expedientes gestionados ante el Ministerio de Sanidad.

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