• Supuesto de Hecho.

Nuestra cliente comenzó en el año 2014 un tratamiento en una conocida franquicia de clínicas dentales, consistente una prótesis híbrida.

Las prótesis híbridas son un tipo de prótesis que se colocan de forma fija en la boca, mediante implantes dentales que se han colocado previamente. Es una opción válida para pacientes que tienen hueso maxilar suficiente, por lo que es imprescindible realizar un correcto estudio previo.

Tras firmar el presupuesto y aceptar la financiación ofrecida en la propia clínica, se inician los trabajos.

Los motivos de la reclamación fueron:

Incorrecta planificación del tratamiento. Entendíamos que no se hicieron las pruebas oportunas para alcanzar un diagnóstico correcto de la situación bucal de la paciente.

En este sentido, es fundamental realizar una ortopantomografía previamente a iniciar un tratamiento de este tipo.

Por otro lado, se empleó un tiempo excesivo en la realización del tratamiento. La colocación de la prótesis híbrida superior se finalizó en marzo de 2016, es decir, dos años después de comenzar el tratamiento y aún no se había trabajado la parte inferior.

En tercer lugar, una vez colocada la prótesis híbrida superior, la misma dio infinidad de complicaciones, y no se hizo un seguimiento adecuado.

En este tipo de prótesis es fundamental la realización de higienizaciones periódicas. Esta higienización ha de ser efectuada por los profesionales ya que requiere desmontar la prótesis, cosa que no puede hacer el paciente por sus medios.

El efecto de no haber realizado estas higienizaciones le provocó a la paciente una periimplantitis por acúmulo de comida debajo de la prótesis.

Además, 5 de los 6 implantes colocados estaban en un estado pésimo, con visión de rosca de los tornillos, y de los cuales un implante se mueve.

Por tanto, la situación en la que habían dejado a la paciente, requería retirar la prótesis y los implantes realizados, regenerar el hueso maxilar, y volver a iniciar el tratamiento desde el principio.

 

  • Resolución del caso

Como siempre en estos casos, lo primero que hicimos fue realizar un estudio de viabilidad de la reclamación.

Para ello, en primer lugar, se ejerció el derecho de acceso a la historia clínica en nombre de nuestro cliente, para posteriormente analizarla y entregarle copia a nuestro Perito Odontólogo.

Una vez que el Perito comprobó que existían daños que eran consecuencia de una mala praxis médica, procedió a realizar un reconocimiento médico- pericial a la paciente, constatando los daños concretos, la falta de hueso maxilar y el estado en el que se encontraban los implantes y la prótesis.

Un vez que se concluyó que el caso era viable, se interpuso reclamación extrajudicial contra la aseguradora de responsabilidad civil de la clínica responsable. Entendemos que ésta es la forma más conveniente de reclamar en estos casos.

A partir de ahí, se inicia un proceso de negociación con la aseguradora, que requiere de cierto tiempo, dado que tienen que recabar la documentación de su asegurado y analizar el caso con su perito.

Finalmente, se llegó a un acuerdo extrajudicial, por un importe cercano a los 35.000 euros, cifra bastante elevada tratándose de una negligencia dental.

 

En Vorlegal apostamos por la solución amistosa de estos asuntos, ya que implica menos tiempo de espera para la resolución del caso, y menos costes para el cliente. Aunque, cuando el acuerdo no es posible, se defienden los casos en el Juzgado con los mejores medios.

 

Si tienes una consulta sobre una posible negligencia dental, ponte en contacto con nosotros.