Exposición del caso.
Estamos ante un nuevo tratamiento de prótesis híbrida en una paciente de avanzada edad y donde existen otras alternativas más adecuadas.
Recordemos que la prótesis híbrida es un tipo de prótesis que se sujeta sobre implantes y que va atornillada a los mismos con una estructura metálica y otra superestructura encima con dientes de acrílico o composite. La principal desventaja es que muchas veces, por estética, no se deja un espacio entre la mucosa para higienizar, con lo que el cirujano debe levantarla aproximadamente una vez al año para que no se produzca una inflamación de los tejidos alrededor del implante, pudiendo provocar la pérdida de los mismos.
Puedes consultar más información sobre las negligencias en prótesis híbridas en este enlace.
Las alternativas a este tratamiento son la prótesis removible, que es mucho más higiénica y fácil de utilizar sobre todo en personas de avanzada edad.
En el caso que nos ocupa, la paciente nunca llegó a adaptarse al tratamiento, siendo constantes las complicaciones, molestias y dolores, desde el inicio del tratamiento en diciembre de 2014, hasta que ya decide concluirlo por falta de confianza en julio de 2019.
Valoración.
Como siempre en estos casos, lo primero que hicimos, cuando la paciente decidió contar con nuestra ayuda, fue solicitar la historia clínica completa, para a continuación que valorara la viabilidad de nuestra reclamación, una perito especialista en la materia.
En el reconocimiento realizado por la perito se pudo observar que uno de los implantes estaba introducido en seno maxilar, y que el resto de los implantes están fuera de la cortical, es decir, que están fuera de la encía. Además, todo ello, le generó pólipo antrocanal.
Esta perito determinó que efectivamente no se había cumplido los protocolos, por varias razones:
- No se había dado a la paciente una información adecuada sobre los riesgos de la intervención, ni tampoco sobre las alternativas. Siendo la prótesis removible la más adecuada para este caso y no la prótesis híbrida.
- Los implantes estaban mal colocados. Los implantes deben quedar en medio de las corticales (hueso compacto) y la esponjosa (hueso esponjoso y menos compacto), no siendo así en este caso.
- Mala adaptación de las prótesis debido a la previa mala colocación de los implantes. Si los implantes están mal colocados es imposible que la prótesis se adapte, y a pesar de las múltiples visitas por falta de adaptación de la misma, los profesionales de esta clínica dental no revisaron nunca la colocación de los implantes.
Resolución del caso.
Es habitual en Vorlegal que de inicio, se intente un acuerdo extrajudicial, ya que entendemos que es la manera menos lesiva para el perjudicado de poder ser indemnizado por los daños.
Así lo intentamos también en este caso, sin embargo, no fue posible llegar a un acuerdo dada la negativa de la parte contraria. Por lo que, se encargó el informe pericial definitivo y se presentó la correspondiente demanda.
La preparación correcta del juicio y la sintonía con la perito especialista es clave para poder defender estos casos adecuadamente. Y eso fue lo que ocurrió en este caso, en donde la explicaciones de nuestra perito resultaron más convincentes para la Jueza, con respecto a las aclaraciones del perito contrario.
Por ello, el Juzgado de Primera Instancia 17 de Madrid, nos da la razón estimando la demanda y condenando en costas a la contraparte. Por lo que, esta paciente se ha visto indemnizada en la cantidad de 46.028,54 €, que compensan en la forma legalmente prevista, los daños sufridos.
Os dejamos el enlace de la sentencia: SENTENCIA JPI 17 MADRID PROTESIS HIBRIDA (1).
Los casos de mala praxis en prótesis híbridas suelen ser habituales. Puedes contactar con nosotros para que valoremos tu caso.